Decreto Nº 1289-2023

.Autorízase a realizar los anticipos de pago, respecto de las Adecuaciones Provisorias de Precios Adeudadas, las solicitudes de Adecuaciones de Precios Pendientes, y todas aquellas que se  susciten en el futuro, en el marco del Convenio de Asistencia Financiera ENOHSA-Provincia de La Pampa . [1]

 

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3569 del 05-05-23.-

Dictado el 20-04-23.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1º.-Autorízase a realizar los anticipos de pago, respecto de las Adecuaciones Provisorias de Precios Adeudadas, las solicitudes de Adecuaciones de Precios Pendientes, y todas aquellas que se susciten en el futuro, en el marco del Convenio de Asistencia Financiera ENOHSA-Provincia de La Pampa, suscripto el 28 de mayo de 20, y o sucesivos Convenios Específicos de Cooperación y Financiación, para la ejecución de a obra indicada en el Convenio Marco.

 

Artículo 2º.-Contaduría General de la Provincia, por intermedio de la Habilitación de Obras y Servicios Públicos, procederá a  transferir los importes en concepto de anticipos de pago autorizados en el artículo 1º previo Informe de la Comisión de Evaluación Coordinación y Seguimiento. Suscripción del Acta de Adecuación Provisoria, Dictamen del Servicio Jurídico y Resolución del Ministerio de Obras y Servicios Públicos aprobatoria de la Adecuación Provisoria de Precios, en un todo de acuerdo a lo establecido por  el Decreto Nacional  N° 691/2016. 

 

Artículo3º.-Autorízase a Tesorería General de la Provincia, previa intervención del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a  efectuar anticipos de Rentas Generales, en las actuaciones administrativas tramitadas en el marco del Convenio de Asistencia Financiera ENOHSA -Provincia de La Pampa, suscripto el 28 de mayo de 2020, de acuerdo a lo instituido por la Ley Complementaria de Presupuesto N° 1.388 artículo N° 8, y los sucesivos actos administrativos que así lo indiquen, conforme las posibilidades del Tesoro.



[1] Nota: Título dado por el Digesto.